- A partir del 30 de abril de 2020, y cumpliendo requisitos establecidos por la Conselleria de Sanidad, los vendedores de los mercados de venta no sedentaria de productos de primera necesidad podrán volver a su actividad respetando algunas normas, como una distancia mínima entre ellos de 6 metros y una separación lateral mínima de 2,5 metros, además de una distancia de 2 metros con el cliente.
- Aunque la preferencia es la realización en un espacio cubierto, también podrán habilitarse los espacios no cubiertos delimitándose con vallas o con cualquier otro medio que marque los límites de forma clara. La cuestión es que se pueda controlar la entrada y salida de gente evitando aglomeraciones (VALENCIA PLAZA)
LA UNIÓ de Llauradors informa que finalmente la Generalitat Valenciana, a través de una resolución lanzada desde la secretaría autonómica de Salud Pública, la dirección general de Comercio y la Conselleria de Agricultura, autoriza desde el próximo 30 de abril de 2020 la celebración de los mercados no sedentarios de proximidad con productos de primera necesidad que se realizaban en muchas de nuestras localidades de la Comunitat Valenciana, siempre y cuando cumplan una serie de condiciones mínimas, tal y como se había reclamado de forma insistente desde la declaración del estado de alarma por parte de esta organización agraria.
Una vez reguladas las condiciones de apertura de estos mercados por parte de la Generalitat, ahora corresponde a los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana decidir o no su celebración, por lo que LA UNIÓ insta a los mismos a tener sensibilidad y comenzar a celebrar los mismos cumpliendo las normas que se marcan desde la administración autonómica.
LA UNIÓ comunica que ha podido saber que se va a publicar ya, de forma inminente, una Resolución de la consellera de Salud Universal y Salud Pública; a propuesta de la Conselleria de Agricultura y de la Economía Sostenible, por la que se establecen las condiciones para la apertura de los mercados de venta no sedentaria de productos de primera necesidad en la Comunitat Valenciana, durante el estado de alarma provocado por COVID-19.
Sólo se permitirán los puestos de venta de productos exclusivamente alimentarios y de primera necesidad, excluyendo hostelería y restauración. En la Resolución aprobada por la Generalitat se establecen una serie de requisitos para esos espacios tanto en lugares cubiertos como no cubiertos, como es la delimitación con vallas o cualquier otro medio para limitar los espacios y evitar aglomeraciones. También se especifican otra serie de medidas complementarias basadas en el distanciamiento social y otro tipo de medidas higiénicas.
La resolución de la Conselleria de Agricultura y de Economía recoge que los mercados no sedentarios podrán adaptarse o mantener su actividad en los lugares habituales siempre y cuando se desarrollen en espacios, cubiertos o no, delimitados con vallas u otro medio que permita marcar los límites, garantizar el control de afluencia, la separación de establecimientos y la distancia social.
Se podrán celebrar mercados en espacios cubiertos y no cubiertos habilitados para ello, y los mercados que no puedan mantener la actividad en un entorno cerrado tendrán que trasladar su ubicación a las instalaciones deportivas o de otro tipo que adoptan medidas de control para dosificar el aforo.
Solo se permitirá puestos de venta de productos exclusivamente alimentarios y de primera necesidad, excluyendo hostelería y restauración, y los puestos deberán estar separados por una vía de tránsito y con una distancia mínima entre ellos de 6 metros, con una separación lateral mínima de 2,5 metros. Dentro de un puesto, los vendedores deberán guardar una distancia de 2 metros y, si no es posible, solo podrá haber uno. Se marcará un distanciamiento con cinta adhesiva u otro medio a 2 metros entre el puesto y la clientela, y se establecerá la misma distancia para las personas en espera.
Se garantizará la vigilancia del espacio donde se celebre el mercado durante el horario de funcionamiento, para el cumplimiento de la distancia social y para evitar aglomeraciones, y en la entrada se dispondrá de un dispensador de hidrogel u otro desinfectante, de obligado uso para el acceso al espacio de compra.
Únicamente el vendedor podrá tocar los alimentos o productos, y siempre con guantes, mascarilla y siguiendo las recomendaciones de higiene frente a la COVID-19, y cada puesto dispondrá de dispositivos para residuos de acceso con pedal y bolsas que permitan su cierre estanco. Los puestos deberán ser limpiados y desinfectados con frecuencia y, al acabar la jornada, se limpiará toda la maquinaria y otros elementos.
Levante EMV
La Unió ha emitido un comunicado en el que señala que había reclamado en varias ocasiones que se autorizara la celebración de estos mercados cumpliendo unas condiciones de apertura.
LA UNIÓ ha venido trabajando en las últimas semanas con Delegación del Gobierno, Federación Valenciana de Municipios y Provincias y Presidencia de la Generalitat -a quienes agradece su colaboración e interés- para que esta regulación fuera factible con objeto de evitar más pérdidas a todas aquellas personas productoras que abastecen o venden en este tipo de mercados, y que no pueden acogerse a las medidas de compensación establecidas por el Gobierno como el cese de actividad porque tienen que continuar manteniendo el cultivo o los animales.
La organización agraria proponía retomar la actividad de estos mercados no sedentarios, y más teniendo en cuenta que buena parte de la venta corresponde a productos de la máxima proximidad. No tenía por tanto lógica su prohibición y dejar que los supermercados y grandes superficies sí pudieran abrir sin ningún tipo de problemas.