- La Ley de Aguas dice en su CAPÍTULO II, sobre los usos comunes y privativos en el artículo 50 sobre usos comunes, que «todos pueden, sin necesidad de autorización administrativa y de conformidad con lo que dispongan las Leyes y Reglamentos, usar de las aguas superficiales, mientras discurren por sus cauces naturales, para beber, bañarse y otros usos domésticos, así como para abrevar el ganado», aunque el Real Decreto 1341/2007, de 11 de octubre, sobre la gestión de la calidad de las aguas de baño, establece en el artículo 9 sobre prohibiciones de baño o recomendación de abstenerse del baño, que las autoridades competentes podrán prohibir o realizar una recomendación de abstenerse temporalmente del baño en base a una serie de dispuestos, aunque tendrá que haber un control de calidad del agua y estar indicado según el Anexo V del mismo real decreto, sobre metodología del muestreo y análisis.
Turismo Generalitat Valenciana presentó el domingo 31 de mayo de 2020 una guía específica para las playas continentales donde se dice que el baño en numerosas decenas de pozas y ríos de la Comunitat Valenciana deberá prohibirse este verano si no se puede llevar a cabo los protocolos de seguridad contra el Coronavirus. «Si no se puede garantizar las correctas medidas sanitarias, se recomienda la prohibición del baño». En este sentido, cabe decir que ya el Ministerio de Sanidad ya dijo que «en aguas continentales, como pozas, remansos y cauces de agua dulce con escaso caudal, se desaconseja el baño y los usos recreativos para esta temporada 2020», por lo que el baño en ningún caso estará prohibido si no es mediante bando en ese ayuntamiento, artículo de ordenanza o un informe del control de esas aguas firmado por un técnico que avale esa nueva ordenanza (LA LEY DE AGUAS PERMITE EL BAÑO Y AMPARA A TODO AQUEL QUE LO HAGA).
En este sentido, Montanejos trabaja en un protocolo para regular los aforos y que se cumplan las medidas sociosanitarias. Anna o Bolbaite también tienen intención de abrir espacios al baño, pero aún no tienen desarrollados los planes.
- El Ministerio de Sanidad ha publicado un documento con recomendaciones para la apertura al público de las playas y zonas de baño. En las playas, los riesgos asociados al COVID 19 están relacionados con la interacción entre personas.
- En aguas continentales, como pozas, remansos y cauces de agua dulce (ríos) con escaso caudal, se desaconseja el baño y los usos recreativos para esta temporada 2020 (OJO, SE DESACONSEJA, PERO NO SE PROHÍBE EN BASE A LA LEY DE AGUAS QUE COMENTAMOS MÁS ADELANTE, AUNQUE LOS AYUNTAMIENTOS PODRÁN CERRAR ACCESOS PARA IMPEDIR EL BAÑO O PROHIBIRLO, POR LO QUE NO ASEGURAMOS QUE SE PUEDA ACCEDER POR CAMINOS PARA BAÑARSE ESTA TEMPORADA). Esto último mencionado, el posible cierre de accesos, es porque en esos ríos y pozas, visitados por cientos de personas sin control alguno, se tenga que cerrar al no poderse garantizar la seguridad sanitaria.
- En cuanto a las playas fluviales, como la Zona Recreativa del Río (Bolbaite), El Azud (El Pozo de las Escaleras, Tuéjar), Los Charcos de Quesa (4 piscinas naturales), Charco el Gruñidor (Sot de Chera, NO HAY AGUA EN EL GRUÑIDOR PARA 2020), El Pou Clar (Ontinyent, DEFINITIVAMENTE PROHIBIDO EL ACCESO PARA 2020), Río Turia (Bugarra, ESTÁN A PUNTO DE PROHIBIR ACCESOS PARA EL BAÑO), Cueva Turche y Parque fluvial (dos zonas, Buñol), Albufera de Anna (Anna), Font Salada (Oliva), Playamonte (Navarrés), El Motor (Gestalgar), Les Fonts, Montanejos…entre otros, estamos a la espera de saber el protocolo de actuación. En unos días actualizaremos.
- Para el resto de pozas y lugares, como embalses (DONDE NO EXISTA PROHIBICIÓN EXPRESA), queda todo bajo vuestra responsabilidad. Recomendamos, encarecidamente, llamar a dichos ayuntamientos antes para evitar desplazamientos innecesarios por la prohibición de accesos, pero debéis saber que si hay prohibición para el baño esta temporada, debe estar en todo caso amparada en un bando, artículo u ordenanza publicada en el Ayuntamiento o en el DOGV.
El Ministerio de Sanidad ha publicado un documento con recomendaciones para la apertura al público de las playas y zonas de baño. En las playas, los riesgos asociados al COVID 19 están relacionados con la interacción entre personas.
El documento, disponible en la página web del Ministerio de Sanidad, recuerda que no se dispone de información científica sobre la capacidad del virus para permanecer infeccioso en agua salada; además, se ha identificado la sal como agente biocida eficaz. En el caso de la arena, la acción conjunta de la sal del agua de mar, la radiación ultravioleta solar (UVB) y la alta temperatura que puede alcanzar ésta son favorables para la desactivación de los agentes patógenos.
Por todo ello, el documento insiste en la necesidad de la concienciación colectiva en el respeto al distanciamiento social. Así, se aconseja limitar el aforo de las zonas de baño marítimas donde se prevé gran afluencia de personas. El acceso a las zonas de baño se realizará respetando las medidas de distanciamiento social, que se deberán recordar mediante cartelería, así como las normas de higiene.
Además, se deberá prestar atención a la distancia entre tumbonas, sombrillas y otros elementos. A efectos indicativos, los ejes de las sombrillas no se instalarán a distancias inferiores de 4 metros. El gestor de la playa podrá sectorizar la misma para asegurar el distanciamiento social. Por su parte, las personas que realicen paseos en la orilla respetarán al menos dos metros de distanciamiento social.
Tampoco se recomienda la realización de deportes colectivos ni las reuniones de más de 15 personas o de miembros de la misma familia o que no convivan en el mismo domicilio y la utilización de todo tipo de infraestructuras de playa (parques de juego e instalaciones deportivas).
Seguramente, muchos ayuntamientos adoptarán medidas como las que ya os mencionamos en nuestro artículo de «así será el control de acceso en las playas valencianas durante este verano».
Sin embargo, es posible que playas como como Canet d´En Berenguer, Benidorm u otros puntos, tarden en abrir sus playas para preparar la temporada de verano y adaptar las medidas oportunas.
Valencia arranca la temporada de playas 2020 con un plan especial frente a la pandemia
Limpieza y desinfección en playas
Para prevenir la transmisión del virus los usuarios y los trabajadores deben, además de cumplir las medidas de distancia social, cumplir las normas de higiene y aplicar los criterios técnicos de mantenimiento, limpieza y desinfección. Se recomienda la limpieza diaria de la arena de la zona de baño, haciendo especial hincapié en la retirada de los residuos orgánicos e inorgánicos. No es aconsejable la desinfección de la arena de la playa.
Por otra parte, se recomienda la limpieza y desinfección diaria del mobiliario playero (duchas, lavapiés, papeleras), las superficies, las zonas comunes y las zonas de tránsito como las pasarelas de madera para evitar la propagación del virus.
Los chiringuitos de playa deberán seguir los protocolos establecidos para los establecimientos de hostelería. También se deberán ventilar, limpiar y desinfectar los espacios cerrados como los puestos socorristas de la Cruz Roja, los vestuarios y los servicios. Por su parte, en las instalaciones deportivas y parques de juego, se garantizará la limpieza y desinfección previa a la apertura de la playa; no pudiendo hacer uso de estas instalaciones hasta que se abra la zona de baño.
Cada playa deberá disponer de un protocolo de limpieza y desinfección del mobiliario susceptible de uso por los bañistas, de forma que se indiquen los pasos a seguir a los operarios. También, cada ayuntamiento elaborará o actualizará el protocolo con todas las medidas en materia de prevención de riesgos laborales, conforme al procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales.
CONCLUSIONES EXTRAÍDAS DEL DOCUMENTO DEL MINISTERIO DE SANIDAD:
Los riesgos asociados al COVID 19 están relacionados con la interacción entre personas que acuden a las zonas de baño. Es importante la concienciación colectiva en el respeto al distanciamiento social.
La limpieza o limpieza/desinfección diaria de superficies y zonas comunes es fundamental para evitar la propagación del virus.
No se aconseja la desinfección de la arena de la playa, ni márgenes u orillas de aguas continentales.
Para prevenir la transmisión del virus los usuarios y los trabajadores deben cumplir las medidas de distancia social, cumplir las normas de higiene y aplicar los criterios técnicos de mantenimiento, limpieza y desinfección.
En aguas continentales, como pozas, remansos y cauces de agua dulce con escaso caudal, se desaconseja el baño y los usos recreativos para esta temporada 2020. En todo caso, en las playas fluviales, serán los Ayuntamientos quienes decidan abrir si se garantiza la seguridad sanitaria, así como cerrar accesos a pozas de cada término municipal si así lo estiman oportuno, pero nunca prohibir el baño.
En aguas continentales, como pozas, remansos y cauces de agua dulce con escaso caudal
El baño en pozas, ríos y/o embalses está desaconsejado, y si bien no se sabe exactamente su futura regulación porque en la gran mayoría de casos es competencia de ayuntamientos, confederación, etc, estamos a la espera de que cada localización diga qué medidas va a adoptar, pero en todo caso será de la siguiente manera.
Desde Sanidad han desaconsejado el baño en “aguas continentales, como pozas, remansos y cauces de agua dulce con escaso caudal” para la temporada de 2020. Sin embargo, esta medida no afectará a otros ríos, como el de Montanejos, que desde el Consistorio ya han anunciado que abrirán con medidas de higiene y seguridad para garantizar el distanciamiento social.
En este sentido, desde Turisme de la Generalitat Valenciana ya han anunciado que en aquellos espacios donde no se pueden efectuar las medidas de seguridad, se prohibirá el baño. Por tanto, tanto en las zonas de baño en las que no se pueda garantizar la distancia de 2 metros o el control de aforo, como en aquellas en las que haya poco caudal, los ayuntamientos se verán en la obligación de cerrarlos en esta temporada.
Valencia Extra
Esto dicho último dicho en prensa es totalmente falso, pues no es posible prohibir el baño por estar amparado en la Ley de Aguas. En todo caso, ese ayuntamiento podrá impedir el acceso a esos caminos o áreas recreativas, para dificultar que haya aglomeraciones, pero en ningún caso podrá prohibir aunque lo diga un cartel o la televisión si no es algo que se ha publicado en el DOGV o un artículo de alguna ordenanza de dicho ayuntamiento, todo ello avalado por un informe que firmará un técnico.
Por ejemplo: si ya en fase 2 te acercas a un lugar en el que ponga en cartelería con señalización algo como «zona peligrosa para el baño», como por ejemplo L’illa de l’Esgoletja, la encantadora área recreativa con zona de baño de Sumacàrcer, no existe prohibición como tal, ya que en muchos ríos de la provincia de Valencia, la Confederación Hidrográfica del Júcar no impide el baño en zonas peligrosas del río Júcar o sus afluentes. Sin embargo, se advierte, mediante la cartelería mencionada, que puede ser peligroso bañarse por la corriente y que la responsabilidad queda delegada al bañista, algo que se advierte para evitar posibles accidentes derivados de la práctica del baño.
La Ley de Aguas dice en su CAPÍTULO II, sobre los usos comunes y privativos en el artículo 50 sobre usos comunes, que «todos pueden, sin necesidad de autorización administrativa y de conformidad con lo que dispongan las Leyes y Reglamentos, usar de las aguas superficiales, mientras discurren por sus cauces naturales, para beber, bañarse y otros usos domésticos, así como para abrevar el ganado», aunque el Real Decreto 1341/2007, de 11 de octubre, sobre la gestión de la calidad de las aguas de baño, establece en el artículo 9 sobre prohibiciones de baño o recomendación de abstenerse del baño, que las autoridades competentes podrán prohibir o realizar una recomendación de abstenerse temporalmente del baño en base a una serie de dispuestos, aunque tendrá que haber un control de calidad del agua y estar indicado según el Anexo V del mismo real decreto, sobre metodología del muestreo y análisis.
El derecho al baño está recogido en la Ley de Aguas como un uso común, pero ello no impide que se considere informar de circunstancias especiales y de la peligrosidad que cada tramo fluvial mediante cartelería. Por lo tanto, hay que ser conscientes de que si os bañáis en esas zonas tenéis que hacerlo con conocimiento, ya que es altamente recomendable saber nadar y ser responsables de las posibles consecuencias.
En cuanto a las medidas del Coronavirus, el Ministerio de Sanidad ha comunicado a fecha domingo 24 de mayo de 2020 que en aguas continentales, como pozas, remansos y cauces de agua dulce (ríos) con escaso caudal, se desaconseja por completo el baño y los usos recreativos para esta temporada 2020 (OJO, SE DESACONSEJA, PERO NO SE PROHÍBE EN BASE A LA LEY DE AGUAS). Es decir: se puede uno bañar pero bajo su responsabilidad, salvo que exista prohibición expresa o la poza, río o camino de acceso a esa zona de baño esté precintada.
En cuanto a zonas recreativas con baños de gran afluencia como Montanejos, Playamonte, Anna, el Motor de Gestalgar o la zona de Sot de Chera, estamos a la espera de la decisión definitiva de cada Ayuntamiento (aunque ya Ontinyent con el Pou Clar y Sot de Chera en El Gruñidor van a prohibir el acceso para este año para quien quiera bañarse, no así el baño, porque podéis bañaros bajo vuestra responsabilidad en otras zonas del río). En el caso de que se abran, deberán realizar condiciones para las distancias y seguridad de asistentes, o identificar y delimitar las zonas de baño, turnos, condiciones…aunque será algo que dependerá de cada Ayuntamiento o entidad que asuma dicha competencia del río, lago o embalse.
En zonas de alta montaña como pozas o cascadas en las que no hay gran afluencia y no exista prohibición expresa, la responsabilidad de guardar las distancias o evitar el baño reside en los visitantes, quienes deberán seguir las recomendaciones del Ministerio de Sanidad aquí mencionadas en este artículo, donde no se recomienda el baño para esta temporada 2020.
Los Ayuntamientos podrán prohibir el acceso a las zonas de baño en las diferentes piscinas naturales o zonas de baño de agua dulce cuando no puedan mantener la seguridad sanitaria de sus visitantes, por lo que, además, podremos ver también cerradas infraestructuras de parques de juego o instalaciones deportivas en áreas recreativas de zonas de baño si así lo consideran oportuno.
De igual manera, Confederación podría también emitir un comunicado o prohibición de acceso a lugares de baño en distintos puntos, pero habrá que esperar.
Dicho esto, y para resumir, desaconsejamos el baño en ríos, lagos y embalses este verano, pero de momento no está prohibido (salvo que exista prohibición expresa mediante bando u ordenanza, no porque la zona de acceso esté cortada). Recomendamos, encarecidamente, llamar a dichos ayuntamientos para evitar desplazamientos innecesarios y saber si hay prohibición para el baño mediante ordenanza.
Por último, y resumiendo, dadas las medidas establecidas para el baño en las playas, y en el caso del baño en ríos, lagos y embalses, si no existe prohibición expresa, la responsabilidad reside en la persona que toma esa decisión de desoír las advertencias del Ministerio de Sanidad.
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