Tras el temporal que afectó a numerosos municipios valencianos el 29 de octubre de 2024, el Consell ha puesto en marcha un nuevo programa de ayudas directas de 2.000 euros por hijo para las familias que hayan tenido un hijo nacido, adoptado o estén en situación de guarda con fines de adopción entre el 29 de octubre de 2024 y el 31 de diciembre de 2025.
Esta medida, publicada en la noticia «El Consell aprueba ayudas directas por nacimiento o adopción para familias de municipios afectados por la dana«, busca apoyar a quienes, además de los daños del temporal, celebran la llegada de un nuevo miembro a la familia.
Podrán beneficiarse las personas progenitoras, adoptantes o tutores que estuvieran empadronados en alguno de los municipios afectados y que ya hubieran recibido algún tipo de ayuda previa por la DANA, como apoyo para la pérdida de bienes de primera necesidad o para la reparación de vehículos dañados por el temporal. No podrán optar a la ayuda quienes hayan perdido la patria potestad o cuya tutela haya sido asumida por una institución pública.
El presupuesto total de estas ayudas asciende a 10 millones de euros para 2025 y 20 millones para 2026, con posibilidad de ampliación por acuerdo del Consell. La cuantía se calcula según el número de hijos nacidos, adoptados o en guarda: 2.000 euros por cada hijo. La asignación se hará por orden de recepción de solicitudes hasta agotar el crédito disponible, y las resoluciones se notificarán y publicarán en la Sede PROP de la Generalitat.
El plazo para presentar solicitudes comienza desde mañana día 21 de noviembre, al día siguiente de la publicación del decreto en el DOGV, y estará abierto hasta el 31 de enero de 2026. La tramitación puede realizarse online a través de la sede electrónica de la Generalitat o presencialmente en registros de la Generalitat, oficinas PROP, Correos o representaciones diplomáticas y consulares de España. Cada unidad familiar puede presentar una única solicitud, y en caso de custodia compartida, solo uno de los progenitores podrá pedir la ayuda.
La documentación necesaria es mínima: identidad de los solicitantes y de los hijos, fecha de nacimiento o adopción, SIP y cuenta bancaria, así como la resolución administrativa en los casos de guarda con fines de adopción. La Generalitat podrá recabar información de manera telemática de otros organismos para agilizar la gestión. Además, estas ayudas se conceden sin necesidad de estar al corriente de obligaciones tributarias o con la Seguridad Social, dada la situación excepcional de emergencia social provocada por la DANA.
El DOGV al completo se puede consultar en DECRETO 171/2025, de 18 de noviembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas de carácter excepcional por el nacimiento, adopción o guarda con fines de adopción de hijos o hijas en los municipios afectados por la dana del 29 de octubre de 2024.
Con esta medida, el Consell no solo atiende a los daños materiales del temporal, sino que también pone el foco en el apoyo a la vida familiar y la estabilidad de quienes se enfrentan a la doble circunstancia de la emergencia y la llegada de un hijo.
Foto de portada bajo licencia de https://depositphotos.com/
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