El Ayuntamiento de Valencia, a través de la Concejalía de Fiestas y Tradiciones liderada por Mónica Gil Cano (VOX), comunicó, a través de una nota de prensa emitida en la última hora de la tarde de ayer viernes 27 de diciembre de 2024, la participación de animales no silvestres en la Cabalgata de los Reyes Magos 2025 que se celebrará el próximo 5 de enero por las calles de la ciudad.
Se trata del esperado regreso para muchos, a capital del Turia, de una tradición justo 10 años después, ya que la última cabalgata de Reyes con animales en Valencia fue la de 2015 (en 2016, ya con el tripartito gobernado por el entonces alcalde Joan Ribó, se cambiaron animales por personas disfrazadas, tal y como se puede comprobar por ejemplo en el artículo de la cabalgata de reyes de Valencia cambia animales reales por personas disfrazadas).
Así pues, este año habrá camellos, dromedarios, caballos (que ya desfilaban con la policía montada estos últimos años), ocas, gansos, palomas (de la mano de la Federación de Colombicultura de La Comunitat Valenciana), cabras y ovejas (gracias a la Escuela de Pastores de la Comunitat Valenciana) o perros truferos de la asociación trufera más antigua de España (TRUFVAL, la Asociación de Truferos de la Comunitat Valenciana), entre otros.
Cabe decir que si bien el pasado 28 de noviembre de 2024 el pleno de Les Corts (con los votos a favor de PP y VOX, y en contra de Compromís y PSPV) aprobaba la LEY 6/2024, de 5 de diciembre, de la Generalitat, de simplificación administrativa en la que se actualizaba (a través de un artículo ubicado en la página 171) la desfasada ley autonómica Ley 2/2023, de 13 de marzo, de Protección, Bienestar y Tenencia de animales de compañía y otras medidas de bienestar animal con el fin de equipararla a la de carácter nacional (ley esta última que prevalece sobre la de carácter autonómico y que ya permitía animales no silvestres en los circos, cabalgatas o mercados medievales), para la participación de animales en esta cabalgata no ha sido necesario recurrir a esta última aprobación realizada hace un mes.
Y esto es porque cabe recordar que actual ley en vigor de carácter nacional, publicada en el BOE-A-2023-7936 Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, establece la participación de animales en una cabalgata bajo unas condiciones, tal y como se puede leer en el «artículo 65 sobre romerías, eventos feriados, belenes, cabalgatas y procesiones», el cual dice:
- Los animales que se utilicen en romerías y eventos feriados deben presentar un estado higiénico-sanitario óptimo y tener garantizados durante el transcurso de la actividad unos niveles óptimos de bienestar animal atendiendo a las necesidades propias de cada especie y a las condiciones ambientales que existan en ese momento. Mientras se desarrolle la actividad, se deberá velar por que los animales que forman parte de ella se encuentren en buenas condiciones físicas, atendiendo entre otras cosas a indicadores comportamentales del animal o a signos que puedan evidenciar la necesidad de descanso, en particular en los meses de altas temperaturas.
- Las romerías y eventos feriados deberán disponer de puntos de parada en los que los animales que en ellos se utilicen puedan descansar y abrevar.
- Las personas titulares o responsables de estos animales facilitarán la actividad inspectora para revisar horarios de descanso, condiciones de salud, y documentación.
- Se prohíbe el uso de animales en atracciones mecánicas o carruseles de feria.
- Se prohíbe el uso de animales en exposiciones de belenes, cabalgatas o procesiones, en las que se mantenga al animal de forma incompatible con su bienestar, dadas las características propias de su especie, o inmovilizado durante la duración del evento.
- Se prohíbe el uso de animales en romerías y eventos feriados cuando se identifique un exceso de temperaturas.
- Se prohíbe el uso de animales en romerías y eventos feriados en los que se haga uso de elementos pirotécnicos.
- Reglamentariamente se establecerán los horarios, lugares y medios de descanso de los animales de compañía utilizados en romerías y eventos feriados, según actividad, especie y demás condicionantes ambientales, debiendo ser estrictamente respetados en el manejo y cuidado del animal en todo momento. Asimismo, se establecerán los rangos de temperaturas en que se permitirá el uso de animales de compañía en romerías y eventos feriados.
Esta misma ley, en el artículo 2, habla del ámbito de aplicación estableciendo que las prohibiciones no afectan a los animales de compañía y aquellos animales de producción que, perdiendo su fin productivo, el propietario decidiera inscribirlos como animal de compañía en el Registro de Animales de compañía, como es el caso de los animales que se van a utilizar en esta cabalgata, poniendo como ejemplo las ocas de Miguelín, que llegarán desde Palencia este año a Valencia para ofrecer un desfile único a los valencianos.
@petslovesfan Créditos: @Mirkoel bulldog frances♥️ ♬ sonido original – PetsLoves
Este artículo está creado para el día 28 de diciembre, Día de los Santos Inocentes. Las personas aquí mencionadas, declaraciones o información proporcionada forman parte de una inocentada, no de un fake new. Valencia Bonita no tiene intención de herir sentimientos, cortar libertades, recortar derechos ni de mentir con algún fin maligno o motivo, ya que este medio tiene, a lo largo de los años, tradición durante este día en gastar bromas, inocentadas y tocar temas que pueden ser sensibles o no pero que, de una manera u otra, forman parte de nuestro día a día, intentando hacer ver que el humor es necesario, así como la libertad de prensa y el derecho a reivindicar este día, donde las tres cosas anteriormente mencionadas, inequívocamente, van unidas de la mano.
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